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La UE prepara documento sobre excepciones a la regulación MiCA

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El año pasado, la Unión Europea votó unánimemente a favor del proyecto de ley de Mercados en Criptoactivos (MiCA), considerado por muchos como la primera legislación integral que aborda la industria cripto en su conjunto. MiCA es, en sí mismo, parte de un conjunto más amplio de leyes financieras conocidas como DORA, pero también ha brindado a muchas compañías cripto una razón para considerar trasladar la mayor parte de sus operaciones al otro lado del océano.

A pesar de que MiCA se publicó en junio de 2023, ya se han realizado dos sesiones de consultas respecto a la ley, con otra programada para abril, antes de que la primera parte de la legislación entre en vigor en junio de 2024. Se espera que las otras disposiciones tengan efecto en diciembre de 2024. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha tenido en cuenta el feedback previo respecto a las compañías que operan fuera de la UE y ha decidido hacer excepciones para ellas cuando sea necesario. Anteriormente, la autoridad pretendía prohibir a las compañías no europeas ofrecer criptoactivos y servicios a ciudadanos de la UE, pero la nueva disposición permitirá que lo hagan si ocurre una solicitación inversa, es decir, si un ciudadano de la UE solicita explícitamente alguno de estos servicios a un proveedor. Esto permitiría a los inversores cripto experimentados, que buscan ofertas de nicho, tener más capacidad para invertir legalmente, al tiempo que protege a los inversores inexpertos de las posibles consecuencias de tratar con negocios donde el recurso legal puede ser más complicado. La ESMA recomienda que los inversores lean el documento y envíen cualquier solicitud respecto al mismo antes del 29 de abril, cuando los reguladores lo discutirán. Además, el regulador solicita feedback sobre la posible calificación de los criptoactivos como instrumentos financieros, lo cual, de ser así, significaría que ya no estarían sujetos a MiCA, sino bajo la jurisdicción regulatoria de otra ley conocida como MiFID II.

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